Notas detalladas sobre decreto 2025 de 2015

En los servicios de Media distancia declarados como obligación de servicio manifiesto, incluyendo el servicio AVANT entre Ourense y A Coruña, Madrid-Salamanca y Alicante y Murcia se crean los siguientes abonos y títulos multiviaje: un humus de 10 viajes con un 40 % de descuento, un estiércol mensual nominativo con un 40 % de descuento, un estiércol mensual nominativo para jóvenes con 50 % de descuento sobre el mantillo mensual Caudillo y se establece incluso la gratuidad para la población de niño.

Para la aplicación del porcentaje anteriormente indicado, la autoridad sindical que hubiese competente el expediente de regulación temporal de empleo deberá comunicar fehacientemente a la Administración General de la Seguridad Social la identificación de las empresas y personas trabajadoras a las que se refiere el párrafo anterior.

5. El percibo de la prestación será incompatible con la percepción de una retribución por el desarrollo de un trabajo por cuenta ajena, con el desempeño de otra actividad por cuenta propia, con la percepción de rendimientos procedentes de una sociedad y con la percepción de una prestación de Seguridad Social, aparte aquella que el beneficiario viniera percibiendo por ser compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

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Con efectos de 1 de enero de 2025, la cotización en función de los rendimientos de la actividad económica, empresarial o profesional establecida en el artículo 308 del texto refundido de la Clase General de la Seguridad Social, no se aplicará a los Socios de cooperativas incluidos en el Régimen Peculiar de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que dispongan de un sistema intercooperativo de prestaciones sociales, complementario al sistema conocido.

5. Con la concesión de esta ayuda, la Comunidad Autónoma beneficiaria procederá a compensar proporcionalmente a las administraciones gestoras o empresas gestoras de los servicios de transporte terreno colectivo correspondientes.

3. En el caso de que en una comunidad autónoma o en una diputación foral del País Vasco, en relación con el conjunto de los servicios de transporte interurbano en autobús de su competencia, el porcentaje de ingresos procedentes de los títulos de transporte a los que aplican los descuentos sobre el valía total de los ingresos por tarifa, sea superior al valencia medio estimado del 15 % en el apartado 1 de este artículo y presente junto con la solicitud un certificado firmado por el Maestro en el que, para los abriles 2019, 2020, 2021, 2022 o 2023, acredite otro porcentaje de ingresos por títulos de transporte multiviaje respecto a los ingresos totales, se aplicará el porcentaje que recoja dicho certificado siempre que se considere probada la certeza de la información acreditada.

Estas ayudas tenían por objetivo amortiguar los enseres de la inflación y acelerar la recuperación de viajeros en el transporte público, oportuno a la bajada de demanda que provocó la crisis sanitaria de la COVID-19 y templar el impacto inflacionario en familias con menores capital.

Por resolución del titular de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible se podrán establecer liquidaciones adicionales a las previstas en este artículo.

1. Se estiman los siguientes Títulos medios del porcentaje de ingresos procedentes del uso de abonos o títulos de transporte multiviaje respecto del total de ingresos de los correspondientes servicios de transporte, en función del tipo de servicios:

1. Se establece como criterio objetivo para la determinación de la cuantía del avance de las ayudas, resolucion 0312 de 2019 que es los ingresos anuales obtenidos en la prestación de los servicios de transporte por aplicación de las tarifas o precios públicos, determinados de acuerdo con lo establecido en los apartados siguientes.

A su tiempo, se hace necesario incluir en este Positivo decreto-índole la modernización de la colchoneta máxima de cotización al sistema de Seguridad Social, Ganadorí como la aplicación de la nueva cotización de solidaridad regulada en el artículo 19 dos del texto refundido de la Calidad Militar de la Seguridad Social, aprobado por el Positivo Decreto Asamblea 8/2015, de 30 de octubre, y que, de acuerdo con la disposición transitoria cuadragésima segunda de ese mismo texto justo, ha de comenzar a aplicarse el 1 de enero de 2025.

Las comunidades autónomas y entidades locales que sean beneficiarias de las ayudas deberán despachar información para poder valorar el fin que ha tenido la implantación de los descuentos en el núsolo de usuarios del transporte manifiesto, en los términos que se explicite por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

En caso de incumplimiento parcial de la condición del párrafo inicial, la ayuda máxima a otorgar se reducirá en la parte proporcional que no haya cumplido el citado requisito.

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